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Misión Civil de Observación a Chiapas denuncia una situación sistemática y estructural de violaciones a derechos humanos

BOLETÍN DE PRENSA: Bienvenido el cambio de posición del Estado Mexicano sobre el caso de la Señora Ernestina Ascencio, pero no en los términos anunciados el día de hoy

BOLETÍN DE PRENSA: Caso doña Ernestina

BOLETÍN DE PRENSA

Impresentable la posición del Estado mexicano ante la Comisión Interamericana de Derechos
Humanos: reitera la “verdad histórica” fabricada sobre la muerte de doña Ernestina Ascencio,

4 de diciembre de 2020

El Estado mexicano, representado por el más bajo perfil posible ante una instancia internacional como
la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y una posición que hace pensar que regresó el
tiempo a los primeros meses de 2007. Una señal de desdén y de desprecio frente a la suerte que corrió
doña Ernestina, su familia y su comunidad, así como de las mujeres y pueblos indígenas que cada vez
con mayor fuerza alzan la voz para exigir un trato digno y respetuoso que haga efectivos sus derechos
humanos.
La audiencia celebrada el día de hoy sobre el fondo del caso 13.425 Ernestina Ascencio Rosario y Otras
era una oportunidad para que el Estado mexicano diera un paso firme hacia la verdad y la justicia
negadas durante los 13 años transcurridos desde que ocurrieron los hechos, pero no lo hizo. Ante la
opacidad sistémica que impera en el país, una vez más el Estado acude al intento de fabricar su “verdad
histórica” sobre los vergonzantes hechos y la actuación de las instituciones y más altas autoridades
frente a los hechos que envolvieron la muerte de doña Ernestina; reafirmó durante la audiencia que “la
causa de muerte de la señora Ernestina Ascencio se debió a causas naturales” por una anemia, y no
derivado de violencia sexual, como se comprobó con las actuaciones realizadas por la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).
El Estado afirmó que, si bien existieron irregularidades en la investigación, las mismas no constituyeron
violaciones a derechos humanos de la señora Ernestina ni de sus familiares. Además, las mismas fueron
solventadas mediante la interposición de las sanciones al personal pericial que intervino en las primeras
diligencias.
Durante la audiencia, la Comisión Interamericana formuló diversos cuestionamientos a la representación
del Estado que no fueron respondidos. Entre ellos, sobre las facultades de la CNDH en el ámbito de la
investigación penal, en particular, sobre la posibilidad de hacer revisiones a las evidencias científicas y
su poder para cambiar la información pericial; sobre la etapa en que se encontraba la investigación
cuando el entonces presidente de la República realizó la declaración sobre la causa de muerte de la
señora Ernestina y qué tan frecuente es que el presidente realice declaraciones en las investigaciones
1en materia penal. Asimismo, recordando que la señora Ernestina no pudo recibir servicios de atención
médica de urgencia cercanos a donde vivía, por lo que cuestionó sobre las condiciones actuales para la
atención de salud de las mujeres indígenas; y en materia de acceso a información, se cuestionó al
Estado sobre de qué manera dañaba a terceros el acceso a información contenida en una pericial. Sin
embargo, el Estado no tuvo respuesta.
Las representantes de las organizaciones peticionarias en el caso, externaron su rechazo ante la postura
del Estado, quien insiste en sostener la “verdad histórica” fabricada para garantizar impunidad en el
caso, y lamentaron no haber encontrado una respuesta diferente ante el silencio adoptado durante el
análisis del fondo de los hechos denunciados, expresando preocupación por la defensa que gobiernos
anteriores implementaron para evitar que se investigara a miembros del ejército.
Ante lo ocurrido, dado que la CIDH cuenta ya con todos los elementos para decidir sobre la
responsabilidad internacional en que incurrió el Estado con los hechos denunciados, por lo cual se
espera que a la mayor brevedad posible, emita el Informe de Fondo donde formule las recomendaciones
que tiendan a resarcir las afectaciones ocasionadas, para terminar con la opacidad e impunidad del
caso, garantizar el derecho a la verdad, y el ejercicio pleno de los derechos humanos de las mujeres y
pueblos indígenas.

Contacto:
Patricia Benítez (CESEM) teléfono: (228) 8.18.78.10 correo: centrohj@gmail.com
Carmen Herrera (AJDH). correo: justiciayderechoshumanos2006@gmail.com
Laura Hernández Pérez (CONAMI), teléfono: 4432724950, correo: mujeresindigenasconami@gmail.com
Lizett Hernández cruz (Kalli Luz Marina) teléfono: 2727428194, correo: contacto@kalliluzmarina.org

BOLETÍN DE PRENSA Caso Doña Ernestina Ascencio

 

 

 

 

 

 

 

 

 

BOLETÍN DE PRENSA

El Estado mexicano comparecerá ante la CIDH para rendir cuentas sobre el caso de doña
Ernestina Ascencio, y la falta de políticas públicas eficaces para garantizar los derechos
humanos de las mujeres indígenas

2 de diciembre de 2020

Hace 13 años, el 25 de febrero de 2007, doña Ernestina Ascencio fue encontrada por su hija tirada en
el monte donde llevó a pastar a sus ovejas, cerca de un campamento del Ejército mexicano, en la
comunidad de Tetlatzinga, municipio de Soledad Atzompa, Veracruz. Al preguntarle lo que le había
sucedido, doña Ernestina, en su lengua náhuatl, respondió: “los soldados se me echaron encima, mi
hija. Me duele la cadera”.
Doña Ernestina no recibió atención médica oportuna. Falleció en la madrugada del día siguiente. Los
primeros hallazgos médicos evidenciaron la existencia de violencia sexual, lo que motivó el inicio de una
investigación en la Agencia del Ministerio Público Especializada en delitos contra la Libertad, la
Seguridad Sexual y contra la familia en la Procuraduría General de Justicia del estado de Veracruz
(PGJ).
En sus primeras declaraciones, representantes del gobierno de Veracruz, así como de la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), condenaron el crimen, mientras que la Secretaría de la
Defensa Nacional (SEDENA) manifestó públicamente que los agresores pertenecían a grupos que
pretendían desprestigiar al ejército. Sin embargo, antes de que concluyeran las investigaciones, el
entonces presidente de la República, Felipe Calderón, adelantó la conclusión del caso, en el sentido de
que la señora Ernestina murió de “gastritis crónica,” la cual fue secundada por la CNDH, la SEDENA y
la PGJ de Veracruz, dando lugar al cierre y archivo de la investigación.
Ante la indignación por los hechos, la contradicción de las versiones públicas de las autoridades, y el
archivo de la investigación, diversas organizaciones de la sociedad civil solicitaron acceso a las
constancias del expediente de investigación. Sin embargo, la “versión pública” entregada por la PGJ de
Veracruz ocultó las principales pruebas. Las organizaciones interpusieron los recursos legales
procedentes contra dicho ocultamiento; no obstante, todos resultaron ineficaces para obtener la
información de lo sucedido en la investigación.
1En consecuencia, en 2012, las organizaciones presentaron el caso ante la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH), denunciando al Estado mexicano por las causas que provocaron la muerte
de doña Ernestina, por la falta de esclarecimiento de los hechos y por la impunidad de los responsables,
así como por no adoptar medidas progresivas para garantizarle el ejercicio de sus derechos económicos,
sociales y culturales, en particular el derecho a la salud que le hubiera salvado la vida. Violaciones que
se produjeron como resultado de violencias y discriminación múltiple sin que se le brindara protección
judicial ante tales hechos.
Asimismo, la petición fue presentada por la violación al derecho a la verdad, protección judicial y
garantías judiciales, de las integrantes de las organizaciones que formularon las solicitudes de
información pública, así como de la sociedad en su conjunto.
A finales del año 2017, la CIDH admitió el caso, el cual se encuentra ahora en la etapa de análisis sobre
el fondo de los hechos denunciados que le llevará a determinar la responsabilidad del Estado mexicano.
Para recibir mayores elementos sobre los hechos y responsabilidades del Estado, el próximo viernes 4
de diciembre de 2020, a las 13 Hs., (huso horario de la CDMX), se llevará a cabo de manera virtual, una
audiencia pública convocada por la CIDH. Durante la audiencia la CIDH escuchará tanto a las
organizaciones peticionarias en el caso, como a la representación del Estado.
La audiencia podrá seguirse mediante la plataforma Zoom, para lo cual es indispensable registrarse
previamente en https://cidh-org.zoom.us/webinar/register/WN_mvNREjKpRTOMfYnyXnSp-g y a través
de f LIVE Facebook.com/CIDH.OEA/live

Contacto:

Patricia Benítez (CESEM), teléfono: (228) 8.18.78.10, correo: centrohj@gmail.com
Carmen Herrera (AJDH), correo: justiciayderechoshumanos2006@gmail.com
Laura Hernández Pérez (CONAMI), teléfono: 4432724950, correo: mujeresindigenasconami@gmail.com
Lizett Hernández Cruz (Kalli Luz Marina), teléfono: 2727428194, correo: contacto@kalliluzmarina.org