GUÍA INFORMATIVA SOBRE VIOLENCIA DE GÉNERO CONTRA LAS MUJERES EN EL ÁMBITO COMUNITARIO

Les ofrecemos una gua informativa sobre violencia contra las mujeres en el ámbito comunitario, editada por Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM, se publicó en versión digital el 11 de diciembre de 2020., en colaboración en colaboración con el gobierno de k Ciudad de México. En su composición tipográfica Baskerville en 9, 10 y 11

BOLETÍN DE PRENSA Caso Doña Ernestina Ascencio

 

 

 

 

 

 

 

 

 

BOLETÍN DE PRENSA

El Estado mexicano comparecerá ante la CIDH para rendir cuentas sobre el caso de doña
Ernestina Ascencio, y la falta de políticas públicas eficaces para garantizar los derechos
humanos de las mujeres indígenas

2 de diciembre de 2020

Hace 13 años, el 25 de febrero de 2007, doña Ernestina Ascencio fue encontrada por su hija tirada en
el monte donde llevó a pastar a sus ovejas, cerca de un campamento del Ejército mexicano, en la
comunidad de Tetlatzinga, municipio de Soledad Atzompa, Veracruz. Al preguntarle lo que le había
sucedido, doña Ernestina, en su lengua náhuatl, respondió: “los soldados se me echaron encima, mi
hija. Me duele la cadera”.
Doña Ernestina no recibió atención médica oportuna. Falleció en la madrugada del día siguiente. Los
primeros hallazgos médicos evidenciaron la existencia de violencia sexual, lo que motivó el inicio de una
investigación en la Agencia del Ministerio Público Especializada en delitos contra la Libertad, la
Seguridad Sexual y contra la familia en la Procuraduría General de Justicia del estado de Veracruz
(PGJ).
En sus primeras declaraciones, representantes del gobierno de Veracruz, así como de la Comisión
Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), condenaron el crimen, mientras que la Secretaría de la
Defensa Nacional (SEDENA) manifestó públicamente que los agresores pertenecían a grupos que
pretendían desprestigiar al ejército. Sin embargo, antes de que concluyeran las investigaciones, el
entonces presidente de la República, Felipe Calderón, adelantó la conclusión del caso, en el sentido de
que la señora Ernestina murió de “gastritis crónica,” la cual fue secundada por la CNDH, la SEDENA y
la PGJ de Veracruz, dando lugar al cierre y archivo de la investigación.
Ante la indignación por los hechos, la contradicción de las versiones públicas de las autoridades, y el
archivo de la investigación, diversas organizaciones de la sociedad civil solicitaron acceso a las
constancias del expediente de investigación. Sin embargo, la “versión pública” entregada por la PGJ de
Veracruz ocultó las principales pruebas. Las organizaciones interpusieron los recursos legales
procedentes contra dicho ocultamiento; no obstante, todos resultaron ineficaces para obtener la
información de lo sucedido en la investigación.
1En consecuencia, en 2012, las organizaciones presentaron el caso ante la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH), denunciando al Estado mexicano por las causas que provocaron la muerte
de doña Ernestina, por la falta de esclarecimiento de los hechos y por la impunidad de los responsables,
así como por no adoptar medidas progresivas para garantizarle el ejercicio de sus derechos económicos,
sociales y culturales, en particular el derecho a la salud que le hubiera salvado la vida. Violaciones que
se produjeron como resultado de violencias y discriminación múltiple sin que se le brindara protección
judicial ante tales hechos.
Asimismo, la petición fue presentada por la violación al derecho a la verdad, protección judicial y
garantías judiciales, de las integrantes de las organizaciones que formularon las solicitudes de
información pública, así como de la sociedad en su conjunto.
A finales del año 2017, la CIDH admitió el caso, el cual se encuentra ahora en la etapa de análisis sobre
el fondo de los hechos denunciados que le llevará a determinar la responsabilidad del Estado mexicano.
Para recibir mayores elementos sobre los hechos y responsabilidades del Estado, el próximo viernes 4
de diciembre de 2020, a las 13 Hs., (huso horario de la CDMX), se llevará a cabo de manera virtual, una
audiencia pública convocada por la CIDH. Durante la audiencia la CIDH escuchará tanto a las
organizaciones peticionarias en el caso, como a la representación del Estado.
La audiencia podrá seguirse mediante la plataforma Zoom, para lo cual es indispensable registrarse
previamente en https://cidh-org.zoom.us/webinar/register/WN_mvNREjKpRTOMfYnyXnSp-g y a través
de f LIVE Facebook.com/CIDH.OEA/live

Contacto:

Patricia Benítez (CESEM), teléfono: (228) 8.18.78.10, correo: centrohj@gmail.com
Carmen Herrera (AJDH), correo: justiciayderechoshumanos2006@gmail.com
Laura Hernández Pérez (CONAMI), teléfono: 4432724950, correo: mujeresindigenasconami@gmail.com
Lizett Hernández Cruz (Kalli Luz Marina), teléfono: 2727428194, correo: contacto@kalliluzmarina.org

JUSTICIA A DOÑA ERNESTINA

¿Por qué pedimos justicia para Doña Ernestina Ascencio?
El 25 de febrero de 2007, la señora Ernestina fue encontrada por su hija tirada en el suelo en el monte donde llevó a pastar a sus ovejas cerca de un campamento del Ejército mexicano, en la comunidad de Tetlatzinga, en el municipio de Soledad Atzompa, del estado de Veracruz, México -región conocida como Sierra de Zongolica-. Al preguntarle en náhuatl lo que le había pasado, la señora Ernestina respondió “los soldados se me echaron encima, mi hija. Me duele la cadera”.
En búsqueda de atención, la señora Ernestina fue trasladada primero a una clínica del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) que se encontraba cerrada, y posteriormente a un hospital regional ubicado a 20 km. Peritos en la materia, adscritos a la entonces Procuraduría General de Justicia del estado de Veracruz, México (PGJ de Veracruz), determinaron que presentaba lesiones correlativas con violación sexual, lo que dio lugar al inicio de una investigación por delitos sexuales. La señora Ernestina falleció sin recibir atención, la madrugada del 26 de febrero de 2007. De acuerdo a notas de prensa y en la necropsia practicada al cuerpo doña Ernestina, se encontraron restos de líquido seminal.
En las primeras declaraciones en prensa, representantes del gobierno de Veracruz, así como de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), condenaron el crimen cometido. Por su parte, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) manifestó públicamente también, que los agresores pertenecían a grupos que pretendían desprestigiar al ejército, pero que analizarían las muestras de semen encontradas en el cuerpo de la señora para ver si pertenecían a los militares que se encontraban en el campamento. Sin embargo, antes de que concluyeran las investigaciones, el entonces presidente de la República mexicana, Felipe Calderón, en una entrevista realizada por una periodista, adelantó la conclusión de las mismas, en el sentido de que la señora Ernestina murió de “gastritis crónica,” la cual fue secundada por la CNDH, la SEDENA y la PGJ de Veracruz, dando lugar al cierre y archivo de la investigación.
Ante tales hechos, la contradicción de las versiones públicas anunciadas sobre los mismos, y el archivo de la investigación, diversas organizaciones de la sociedad civil solicitaron acceso a las constancias del expediente de investigación criminal utilizando el mecanismo de acceso a información pública. Sin embargo, la “versión pública” entregada por la PGJ de Veracruz ocultó las principales pruebas de la investigación. Ante lo cual, las organizaciones interpusieron los recursos legales procedentes, los cuales, a pesar de haber llegado incluso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, resultaron ineficaces.
Así, en 2012, las organizaciones presentaron una petición ante la Comisión interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en la que se reclama que por cualquiera de las causas que hayan llevado a la muerte a la señora Ernestina y por la falta de esclarecimiento de los hechos, de identificación y sanción de responsables, el Estado es responsable por la violación en contra de la señora Ernestina de su derecho a condiciones que le permitieran una existencia digna, por discriminación múltiple, y falta de protección judicial ante tales hechos. Asimismo, la petición fue presentada por la violación al derecho a la verdad, protección judicial y garantías judiciales, por parte de las integrantes de las organizaciones que formularon las solicitudes de información pública, así como por el derecho a la verdad de la sociedad en general.
A finales del año 2017, la CIDH admitió el caso, el cual se encuentra ahora en estudio de fondo. En el marco de este estudio, el próximo 4 de diciembre de 2020, se llevará a cabo una audiencia ante la CIDH, con la finalidad de buscar verdad y justicia en el caso.

Inclusión laboral y comunidades Indígenas. Región Altas Montañas de Veracruz

 

El trabajo en las comunidades donde habita población indígena esta diversificado en espacios y organizaciones desde el contexto que habita la población. De acuerdo con el Derecho Humano al trabajo de las personas indígenas, uno de los documentos de CNDH (2015) refiere que:   (click aquí para continuar leyendo)

Por: Indira Rodríguez Martínez.

¡Qué la costumbre sea el respeto a los Derechos de las Mujeres!

LEY OLIMPIA

En recientes días, el 5 de noviembre del presente año el Senado de la Republica aprobó la sanción a quien incurra en violencia mediática y digital contra las mujeres a nivel nacional.

FEMINICIDIOS VERACRUZ 2020

De acuerdo al trabajo de documentación que realizamos en la Universidad Veracruzana, en el estado de Veracruz 145 mujeres fueron asesinadas de enero a septiembre de 2020. A 102 las mataron durante la pandemia. Además, al mes de septiembre, 223 habían desaparecido, 156 fueron sustraídas durante la pandemia.

#A4Años de la #AVGM por #Feminicidio en

Texto e imagenes tomadas del Perfil Facebook de Estela Casados González, Coordinadora del Observatorio Universitario de Violencias Contra las Mujeres.